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Semillero de propietarios

Semillero de Propietarios es una caja de herramientas que promueve el ahorro como instrumento para que más familias cumplan su sueño de tener vivienda.

Es un programa de arrendamiento social que busca ayudar a los colombianos que ganan menos de 2 salarios mínimos, es decir, $1.656.000, a tener una vivienda digna mediante el subsidio de una parte del canon de arrendamiento.

Los beneficiarios deberán abrir un producto de ahorro que cumpla con las condiciones establecidas por el programa. En el caso que los hogares ya cuenten con un producto de ahorro, deberán acercarse a la entidad bancaria y preguntar si dicho producto aplica para el programa.

Ahora bien, el hogar deberá realizar un ahorro de al menos 4,5 SMMLV en el producto financiero de ahorro que cuente con las condiciones definidas, en el plazo mínimo que determine la entidad bancaria y máximo de dieciocho (18) meses contados a partir de la expedición de la comunicación de habilitación.

Una vez sea reportado el cumplimiento del monto mínimo de ahorro por parte de la entidad de crédito, comenzaran a contar los seis (6) meses que el hogar tiene para la solicitud de asignación del subsidio de Mi Casa Ya.

Cuando el establecimiento de crédito realice la validación del cumplimiento de los requisitos establecidos y mencionados anteriormente, FONVIVIENDA procederá a revisar los requisitos y en caso del cumplimiento de los mismos realizará la expedición de los respectivos actos administrativos de asignación del subsidio familiar de vivienda Semillero de Propietarios – Ahorradores y Mi Casa Ya.

Los beneficiarios deberán abrir un producto de ahorro que cumpla con las condiciones establecidas por el programa. En el caso que los hogares ya cuenten con un producto de ahorro, deberán acercarse a la entidad bancaria y preguntar si dicho producto aplica para el programa.

Ahora bien, el hogar deberá realizar un ahorro de al menos 4,5 SMMLV en el producto financiero de ahorro que cuente con las condiciones definidas, en el plazo mínimo que determine la entidad bancaria y máximo de dieciocho (18) meses contados a partir de la expedición de la comunicación de habilitación.

Una vez sea reportado el cumplimiento del monto mínimo de ahorro por parte de la entidad de crédito, comenzaran a contar los seis (6) meses que el hogar tiene para la solicitud de asignación del subsidio de Mi Casa Ya.

Cuando el establecimiento de crédito realice la validación del cumplimiento de los requisitos establecidos y mencionados anteriormente, FONVIVIENDA procederá a revisar los requisitos y en caso del cumplimiento de los mismos realizará la expedición de los respectivos actos administrativos de asignación del subsidio familiar de vivienda Semillero de Propietarios – Ahorradores y Mi Casa Ya.

Los beneficiarios deberán abrir un producto de ahorro que cumpla con las condiciones establecidas por el programa. En el caso que los hogares ya cuenten con un producto de ahorro, deberán acercarse a la entidad bancaria y preguntar si dicho producto aplica para el programa.

Ahora bien, el hogar deberá realizar un ahorro de al menos 4,5 SMMLV en el producto financiero de ahorro que cuente con las condiciones definidas, en el plazo mínimo que determine la entidad bancaria y máximo de dieciocho (18) meses contados a partir de la expedición de la comunicación de habilitación.

Una vez sea reportado el cumplimiento del monto mínimo de ahorro por parte de la entidad de crédito, comenzaran a contar los seis (6) meses que el hogar tiene para la solicitud de asignación del subsidio de Mi Casa Ya.

Cuando el establecimiento de crédito realice la validación del cumplimiento de los requisitos establecidos y mencionados anteriormente, FONVIVIENDA procederá a revisar los requisitos y en caso del cumplimiento de los mismos realizará la expedición de los respectivos actos administrativos de asignación del subsidio familiar de vivienda Semillero de Propietarios – Ahorradores y Mi Casa Ya.

  • Tener ingresos inferiores a 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, $2.000.000.
  • No ser propietario de una vivienda.
  • No haber sido beneficiario de ningún subsidio familiar de vivienda.
  • Mantener los ingresos y el núcleo familiar durante la etapa de ahorro y consecución de la nueva vivienda.

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